Hola, me han hecho un contrato de 2 meses y 6 días, con un mes de prueba.Desde el 3 día el encargado me está fastidiando y no para de dar partes negativos a sus superiores. Aun me comentan que para ir al aseo tengo k soliciar permiso ( me llevaron a la oficina por el hecho de que no pedí permiso para ir al aseo a cagar que tenía que soliciar permiso a un superior por el hecho de que deje el puesto abandonado)trabajo de reponedor en un hipermercado. No cesan de decirme que soy lento que vaya mucho más veloz, de meterme presión, me persiguen a donde voy, no me dejan tranquilo. He terminado con ansiedad y no me encuentro bien me dió la baja el médico por depresión pero dicen que me van a dar de alta pues es un problema laboral y me tiene k dar el alta. Cuando me den de alta faltarían 16 días para finalizar el contrato. No se que realizar para no volver por el hecho de que me van a joder lo que no hay escrtito.
El día de hoy he ido al SEPE a solicitar la prestación por desempleo y me dicen que no estoy en mi derecho a esa prestación por que no han transcurrido 3 meses desde que me di de baja facultativa en la antigua empresa hasta que me despidieron en intérvalo de tiempo de prueba en la nueva compañía. Es dependiente de la causa de extinción indicada por la novedosa compañía. Si es por un intérvalo de tiempo de prueba no superado que se encontraba obtenida en el contrato, no habrán pasado más de tres meses desde la baja voluntaria y en tal caso no tendrás derecho a paro. Deberías demandar por despido improcedente en caso de que te indiquen un fin de contrato, en tanto que es muy discutible eso de que pierdas la antigüedad.
Cobrar El Paro Después De Una Baja Facultativa?
No obstante, hay situaciones en las que el trabajador solicita una baja facultativa antes de ser despedido. Esto conlleva un gran inconveniente y es que, aparte de perder el derecho a una posible indemnización, también se pierde el derecho a pedir la prestación por desempleo. Después, la “compañía C” contrata a Antonio el 15 de noviembre y tampoco sobrepasa el periodo de tiempo de prueba, pero en este momento SI que puede solicitar el paro, al haber transcurrido mucho más de tres meses desde la baja facultativa, que solicitó el 1 de agosto.
En el caso de que la inspección constate el fraude, aparte de la sanción a la compañía, el trabajador podrá perder la oportunidad de pedir la prestación por desempleo, y deberá cotizar nuevamente el periodo de tiempo mínimo exigido de 360 días para tener derecho a la prestación. En este sentido, las causas fundamentales por las que se encuentra en situación legal de desempleo son la finalización de un contrato temporal o el despido, sea como sea la causa del mismo. Como mucho más adelante detallaremos, en caso de que el periodo de prueba no superado lo indique la compañía, deben haber pasado más de tres meses entre la fecha de la baja voluntaria y ese intérvalo de tiempo de prueba no superado. El subsidio por desempleo piensa un enorme alivio para todas y cada una las personas que se quedan sin empleo a la fuerza.
¿cuándo Puede El Sepe Sospechar Que Andas Cometiendo Un Fraude Para Intentar Cobrar El Desempleo?
Cuando me cumpla el nuevo contrato podré cobrar el desempleo. No, no puedes elegir el paro de antes, sino que se tiene en cuenta lo cotizado en los últimos seis años. Sobre el SEPE, lo habitual es que tu oficina sea donde estás empadronado, preguntaría en la oficina del SEPE si lo puedes gestionar en donde vives. Entonces en el sepe, al solicitar tu prestacion te comentan que en excedencia no te corresponde, y que debes solicitar el reingreso en tu primera empresa, y que te digan que no, en el momento en que aun quedan prácticamente 3 años a fin de que finalice la excedencia. Es dependiente de la duración del contrato y de la causa de extinción. Sí, te correspondería paro, y el tiempo de prestación es dependiente del tiempo cotizado en los últimos seis años.
Felicidades por la entrada, muy clara y detallada. Mi pregunta es la próxima, ¿si se renuncia a la indemnización por despido, existe el derecho a paro? Habría que ver la gravedad del accionar empresarial, puesto que se podría pedir la extinción en virtud del artículo 50 del Estatuto de los Trabajadores.
El inconveniente de esa cláusula es la afectación de cara a la seguridad social. Esto es, quien entrega el paro es el SEPE, y no depende de los probables pactos. En verdad, se podría entender ese pacto como una resolución de acuerdo mutuo, y en un caso así, no se está en su derecho a paro.
En este de hoy trabajo me hicieron contrato temporal hasta el 31 de diciembre de 2021 (estoy aquí desde mayo 2021) y me afirmaron que cuando finalice este contrato temporal me pasarán a indefinida. Primeramente, es dependiente de la causa de extinción, si es periodo de prueba no superado, no. Si es fin de contrato temporal, comprendo que sí, aunque depende del SEPE. Llevo 4 años haciendo un trabajo como tal en una compañía y voy a cesar de manera voluntaria el contrato por una cuestión de conciliación familiar.
¿cuándo Se Cobra El Ingreso Mínimo Escencial En Febrero?
Debes haber cotizado un mínimo de 360 días en los últimos 6 años. Buenas tardes, es bien difícil de saber porque no hay regla redactada al efecto y la jurisprudencia viene estableciendo el margen de 3 meses con lo que de entrada no tendría este derecho. Lo recomendable es acudir a la oficina de empleo y mostrar esa situación. De empresa que no se ajusta a la realidad, se pueden denunciar estos sucesos a la Inspección, solicitando que se corrija la causa de la baja al no haber sido realmente una baja voluntaria. El Inspector puede investigar sobre esto y caso de que se compruebe que no ha sido una baja facultativa y cambiar la baja. Muchas gracias por su comentario, tiene toda la razón y es un plazo orientativo que varia en según que comunidades autónomas y según que supuestos, nosotros asimismo conocemos múltiples casos como el de el.
¿Qué ocurre si dejo voluntariamente mi trabajo, me marcho a una nueva compañía y no superar el periodo de tiempo de prueba por resolución del empresario? Ya que si no han transcurrido más de tres meses desde el momento en que cesó de manera voluntaria en la empresa anterior, tampoco tendré derecho a una prestación por desempleo. Lo engañoso es emular una relación laboral o contrato de trabajo para cobrar una prestación. Pero es completamente legal trabajar para cobrar la prestación. Como indico en la entrada, siendo excedencia, deberían concederte el paro. Si el periodo de tiempo de prueba no superado lo indica el trabajador, no se está en su derecho a obrar el desempleo.
Se que se habla que desde la baja hasta que te despiden tiene que pasar 3 meses pero no dicen el tiempo máximo en tanto que llevo mucho más de un año de la baja y no deseo perder todo lo que cotice y necesito. Como explico en el producto, la legislación no establece período, pero si la causa de extinción no es intérvalo de tiempo de prueba no superado, y es un fin de contrato, no deberías tener problemas. Tengo una duda, voy a ocasionar baja volutaria una vez finalice mi contrato temporal, es decir he decidido que la compañía no me renueve ni me haga mucho más contratos si bien tengan intención de renovarme. Soy consciente consciente de que no voy a tener derecho a prestación por desempleo ya que el SEPE lo tomará como baja voluntaria si bien cumpla el contrato. La salvedad indicada en el apartado 1.a) 5.º se refiere a la extinción de la relación laboral por modificación importante, movilidad geográfica, acoso laboral, etc.